FICHA
- Producto Departamento
- Operación Alquiler
- Barrio Villa Devoto
- Ambientes 1
- Dormitorios 1
- Baños 1
- Antigüedad 1 años
- Estado Excelente
- Orientación Oeste
- Disposición Contrafrente
- Sup. Propia 35,00 m2
- Sup. Cubierta 30,00 m2
- Sup. Balcón 4,00 m2
- Movilidad Reducida Sí
- Expensas 280.000
U$S 1.000
ALQUILER
Av Lastra 4290 Complejo Mil Ayres 0
Villa Devoto
Alquiler Temporal:
Mínimo 3 meses.
? Tu oasis en medio de la ciudad ?
Viví la experiencia de hospedarte en un espacio único en el corazón de Villa Devoto, con la tranquilidad de un barrio residencial y el confort de una experiencia estilo 5 estrellas.
Luminoso, cálido y funcional, este monoambiente es ideal para una estadía temporal por trabajo, descanso o una escapada urbana.
?? Excelente ubicación, a minutos de Plaza Arenales, rodeado de cafés, gastronomía y espacios verdes.
Un lugar para desconectar, relajarte y sentirte como en un hotel… pero con la comodidad de tu propio hogar.
DETALLE DE LA PROPIEDAD
Agua caliente: Si
Aire Acondicionado: Si
Amenitie: Si
Amenitie: Piscina climatizada, sauna , gimnasio,sum Gourmet
Ascensor: Si
Balcón: Si
Calefacción: Central por aire
Cant. Pax: 12
Cantidad Pisos: 5
Cañeria: Si
Entrada: Si
Expensas: 280.000
Parrilla: Si
Pileta: Si
Placards: Si
PlayRoom: Si
ADICIONALES
A Estrenar
Terraza
Balcón
Amoblado
Vista
Luz
Internet
Vigilancia
VIDEOS
*Las descripciones arquitectónicas, valores de expensas, impuestos o servicios, fotos y medidas de las propiedades son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes o discordancias con las que surjan de los las facturas, títulos o planos legales del inmueble. Se pondrá a disposición del interesado la documentación necesaria a fin de realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales la documentación que corresponda.
*Inciso 8 del artículo 10 de la Ley 2340 (texto consolidado según Ley N° 5666).
Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes", segun Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A.